viernes, 30 de septiembre de 2016

FAA: Los veteranos de la FAS

VETERANOS Y EXCOMBATIENTES DE LA GUERRA DE MALVINAS Y LA FUERZA AÉREA SUR

Hace algunos años, el Estado Mayor Conjunto (EMC) de las Fuerzas Armadas (FFAA) propuso las condiciones para que un hombre, que participó de alguna forma en la guerra del Atlántico Sur, sea considerado ex combatiente o veterano de guerra en el conflicto de Malvinas. Lamentablemente la propuesta fue aceptada por los Estados Mayores Generales (EEMMGG) de las Instituciones Armadas, sin tener en cuenta ciertos aspectos que hacen a las exclusivas y excluyentes particularidades operativas de las Fuerzas involucradas, generándose situaciones que considero injustas, parciales y arbitrarias.

Al hacer esta consideración, no es mi intención cuestionar las atribuciones legales de los Señores Jefes del EMC y de la Fuerzas Armadas; antes bien, deseo contribuir a que se plantee la necesidad de rever ciertos conceptos esgrimidos para las definiciones y jurisdicciones utilizadas para determinar quiénes son acreedores a ser considerados veteranos o ex combatientes de Malvinas, por entender que los mismos lesionan y discriminan sin razón los legítimos derechos del personal de la Fuerza Aérea que tuve el alto honor de conducir durante el conflicto.

Uno a esta responsabilidad de comando para con mis subordinados, la especial circunstancia de haber ejercido la más alta jerarquía de la Institución, teniendo por seguro que todo es perfectible, en la medida en que seamos capaces de reconocer nuevas situaciones ó errores involuntarios del pasado.
Sobre el tema que nos ocupa es conveniente señalar que para definir la condición de veteranos y/o ex combatientes se utilizaron las jurisdicciones establecidas para el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS).

Las jurisdicciones o áreas geográficas asignadas para cada uno de los distintos Comandos Operativos creados, ante el riesgo de un potencial conflicto, fueron ordenadas y establecidas únicamente a los efectos de determinar clara y sencillamente las zonas en que cada uno de los Comandantes designados debía cumplimentar sus responsabilidades, ejercer su autoridad y llevar a cabo las tareas asignadas con los medios puestos bajo su mando, no asignándoseles prioridad o precedencia alguna. Se posibilitaba además, la coordinación indispensable entre los Comandos intervinientes, de la misma o distinta Fuerza Armada, para un posible conflicto y no señalaba ninguna forma de exclusividad o necesidad de requerir autorización para operar en ellas.

La planificación inicial preveía que las unidades aéreas y medios asignados a la futura Fuerza Aérea Sur (FAS) estaban destinados a tareas totalmente ajenas a su posible utilización en operaciones sobre el mar, reservándose las mismas para otra institución armada, por ser de su competencia jurisdiccional. Al respecto es necesario resaltar que las operaciones aeronavales estaban vedadas para la Fuerza Aérea, ya que las jurisdicciones operacionales establecidas en la Resolución 1/69 del Poder Ejecutivo Nacional, preveía y le impedía equiparse, adiestrarse y operar sobre el mar, con salvedad de las operaciones de Exploración y Reconocimiento Lejano.

Sin embargo, la FAS desarrolló un conjunto de tareas no especificas, ajenas a las que le correspondía por doctrina, y desde su comando se planificaron, controlaron y supervisaron operaciones aéreas que ejecutaron durante cuarenta y cuatro días sus unidades dependientes, desplegadas a lo largo de la Patagonia.

Si la FAS no hubiese estado allí, en la Patagonia, con sus medios desplegados en el continente, pero con una inquebrantable voluntad de lucha y dispuestos a golpear donde al enemigo le doliese, probablemente no hubiera existido el Bautismo de Fuego de la Fuerza Aérea Argentina (FAA) y el conflicto hubiera finalizado posiblemente el primer día de combate, es decir el 1º de mayo, por no tener los medios desplegados en las islas quién los preservara de los ataques aéreos y navales ingleses, los apoyara moral y logísticamente, detuviera y rechazara el desembarco enemigo durante su primer intento.

No obstante, a pesar de las reiteradas solicitudes presentadas en los últimos años, la condición de veteranos se les niega constantemente a quienes condujeron, posibilitaron y apoyaron estas acciones, sin los cuales la participación de la FAS hubiera sido altamente quimérica e imposible.
¿Es posible suponer que un criterio de espacio territorial que no limita las operaciones, condicione el reconocimiento de una acción bélica? Los ingleses, nuestros oponentes, consideraron a la Fuerza Aérea Sur su único enemigo real en el conflicto y lo manifiestan taxativamente en sus declaraciones, libros y diversos escritos. Incluso previeron, de acuerdo con la evolución del conflicto, el ataque a sus unidades del continente y llegado el momento de dar por finalizadas las acciones bélicas, recabaron de su titular su palabra de honor de no seguir atacando a las tropas inglesas, por no aceptar éste que se incluyera a la FAS en el acta de capitulación.

Este compromiso fue solicitado a través del Comandante del Componente Aéreo de las islas, como condición y exigencia fundamental de la Fuerza de Tareas del Reino Unido para firmar la capitulación incondicional de nuestras fuerzas en las islas y por ende el reconocimiento nacional e internacional de nuestro Gobierno que había finalizado el conflicto.

Esta obligación exigió al Comandante de la FAS (CFAS), que no capituló ni se rindió, como puede verificarse en el Acta de Rendición, suscripta el día 14 de junio de 1982, a cesar las operaciones ofensivas contra los medios navales y terrestres de la flota inglesa, a requerimiento de los mandos de las islas y por imposición sobre éstos de las autoridades de la Fuerza de Tareas.

Preocupación de por si relevante, que demuestra que la FAS fue considerada en su totalidad, durante todo el conflicto, como un combatiente de real importancia a ser tenido en cuenta, inquietud que llevó al Almirante Woodward a expresar “este es un mano a mano entre la Royal Navy y la FAA”.
De este acontecimiento histórico, sin ningún tipo de concesiones hacia nuestro país, tomaron conocimiento todos los oficiales del componente aéreo de nuestra institución en las Islas, el Estado Mayor (EM) y unidades dependientes del CFAS y las autoridades superiores de la Fuerza Aérea, incluido el gobernador militar de la isla, general Menéndez y su EM, así como el gabinete militar argentino.

Creo, como una alternativa más para solucionar el desacuerdo con la definición emitida, que en lugar de considerar la delimitación geográfica de los comandos en el Atlántico Sur, hubiera resultado correcto limitar el ser considerado ex combatiente o ex veterano solamente a los que tuvieron “injerencia directa o cumplieron funciones esenciales” para el desarrollo de las operaciones del enemigo, ya fuera en las islas o desde el continente. Este concepto dejaría de lado el criterio de la distribución geográfica, que nunca existió para las operaciones ordenadas por la FAS.

Este fundamental concepto es reconocido, aceptado y aplicado por los gobiernos y fuerzas armadas de cualquier país del mundo, debido a la particular forma de operación de las fuerzas aéreas, siendo legítima esta consideración también para los comandantes, sus estados mayores y para los medios de apoyo técnico y logístico asignados para hacer posible el empleo de las unidades aéreas.
Excluirlos significaría ignorar o desconocer la doctrina, la forma de empleo de los medios aéreos en la realización de los distintos tipos de operaciones ofensivas, de apoyo y de transporte que se llevan a cabo durante un conflicto, que son planificadas, ordenadas, controladas, evaluadas e incluso soportadas logísticamente por la organización de un comando aéreo. Esta es en definitiva, el producto y esencia de una acción de comando, sin la cuál no podrían existir. De haberse observado esta sencilla disquisición la polémica y estos párrafos no existirían por haberse obrado sobre la base de estricta justicia.

Por cierto, existen mayores elementos de juicio, citas e incluso publicaciones donde se documenta sobradamente la justa inclusión de todo el personal de la Fuerza Aérea Sur como Veterano o ex Combatiente en las normas legales en vigencia, ya que en las experiencias de guerra, sean de carácter mundial o no, ha quedado demostrado que son los países en su totalidad los que van a un conflicto y que para el enemigo las bases de operaciones, su personal y su comando son objetivos naturales de fundamental importancia.

¿Puede negarse al personal, las unidades y al comando de la FAS su condición de veteranos de guerra? Enfatizo y destaco que fue la Fuerza de Tareas Inglesa, nuestro adversario de aquel entonces, la que le dio a la Fuerza Aérea Sur y a sus medios el rango de beligerantes, de combatientes y que fuimos debidamente tenidos en cuenta en forma exclusiva a la hora de las decisiones fundamentales, como las que determinaron el cese de hostilidades por medios violentos.

¿Puede un criterio geográfico primar sobre el concepto operacional? A partir del desembarco en la Bahía de San Carlos, el 21 de mayo de 1982, la Fuerza de Tareas inglesa tenía previsto, dentro de los objetivos ordenados por el Gabinete de Guerra del Reino Unido, como primera prioridad la neutralización de la Fuerza Aérea Sur, hecho que sin lugar a dudas demuestra la preocupación de nuestro antagonista para que la misma no siguiera atacando; reflexión reiterada repetidas veces por el almirante Sandy Woodward a través de toda la campaña. Situación que se exige como condición fundamental previo a la capitulación de nuestras fuerzas en las islas.

Ratifica lo expresado, las disposiciones adoptadas por el Reino Unido, durante el conflicto, tendientes a debilitar al CFAS y a sus unidades dependientes, quitándole capacidad operativa y de reacción, afirmación que puede ser verificada mediante el análisis de las siguientes previsiones conocidas, puestas en vigencia:

Acercamiento nocturno al continente de una formación naval, que permitió y facilitó el traslado de un contingente integrado por voluntarios del Special Air Service (SAS), a bordo de un helicóptero Sea King, matrícula ZA-290, a cargo del Lt. Hutching, responsable de la operación planeada, que despegaron de un portaaviones en proximidades de la Isla Grande de Tierra del Fuego en cumplimiento de la tarea ordenada, de cuyo desarrollo de haber logrado éxito, podría haber estado prevista la participación de otros medios de transporte de la Royal Air Force (RAF) y un equipo más numeroso de hombres del SAS.

Su tarea, realizar observación e inteligencia de las instalaciones de las BAM Río Grande y Río Gallegos y estudiar la posibilidad de efectuar acciones tipo comando de mayor envergadura, con la participación de otros medios que afectaran la capacidad operativa de la FAS y de la Armada Nacional.

Fracasada la misión, por causas fortuitas, el helicóptero trasladó al personal comando hacia el oeste de la Tierra del Fuego, dejándolo en territorio chileno y continuó su vuelo hasta las proximidades de Punta Arenas, donde fue destruido. El personal comando fue internado en Chile hasta el final del conflicto y a la tripulación del móvil aéreo, luego de ser asistida por la Fuerza Aérea de Chile (FACH), se le posibilitó su regreso a Inglaterra, violando las normas de la Convención de Ginebra.
Extensión de la Zona de Exclusión Total (ZET) original de 200 MN, a partir de las islas, a todo el Atlántico Sur hasta el límite del mar territorial argentino, 12 MN desde el continente, medida que habilitaba a la Fuerza de Tareas Inglesa a realizar el control de una inmensa área y acciones ofensivas directas sobre cualquier tipo de medio de nuestro país que operara en la misma y que colocaba, además, a todas las bases de despliegue de la FAS y de la Armada Nacional como blancos potenciales accesibles y muy rentables.

Aproximación al anochecer del día 16 de mayo, protegido por una densa niebla, del submarino convencional inglés HMS (Her Majestic Ship) Onix, asignado a la Fuerza de Tareas, que habría dejado tres botes neumáticos con efectivos comandos en las proximidades de la Base Aeronaval Río Grande, con la intención de sabotear las instalaciones y aviones desplegados en la misma. Esta operación habría sido abortada por el destructor ARA Bouchard, que se encontraba protegiendo el Área Naval Austral, sometiendo a un intenso fuego naval a los medios en aproximación, hasta que los ecos desaparecieron de las pantallas de su radar. Información proporcionada por la Armada Nacional.
Sucesivas interferencias electrónicas sobre los radares o censores desplegados en las bases de la FAS, en la Patagonia y el relevamiento e inteligencia electrónica sobre sus instalaciones y medios, realizadas desde aeronaves que operaban en el Atlántico Sur a lo largo de la costa y desde Chile, que ratifican intenciones de anular o atenuar las posibilidades de la defensa y de una rápida respuesta.
Por otra parte, la definición aceptada estableció el 2 de abril de 1982 como marco de referencia, fecha sobre la cuál correspondería formular algunos comentarios.

No es mi intención polemizar o poner en situación comprometida o desmerecida a ningún mando o autoridad de aquella época, ni posteriores, pero si aportar sobre los alcances de lo que se debe entender como el verdadero conflicto o guerra de Malvinas, que en el ámbito político diplomático de las relaciones internacionales entre las naciones no empezó el 2 de abril de 1982.

La operación militar de esa fecha dio lugar a la intervención del Secretario General de la ONU y a diferentes países para evitar la guerra, ante una decisión unilateral de nuestro país de ocupar el archipiélago, luego de un discutible análisis en cuanto a la real actitud y aptitud de las fuerzas armadas argentinas para una potencial confrontación bélica con el país de mayor historial y tradición guerrera del mundo, el Reino Unido.

El inicio de una guerra, declarada o no, jurídicamente definida, es el cese definitivo o el fracaso de las gestiones políticas y esfuerzos diplomáticos de distintos niveles, de organismos nacionales e internacionales para evitarla entre dos o más naciones y el principio de acciones de fuerza, de carácter violento, mediante el uso del poderío de sus respectivas instituciones armadas, con el indispensable y necesario apoyo de toda la estructura nacional de cada una de ellas y el posible de otras.
La guerra desnuda, verdadera, según algunos autores, es la del miedo, de la soledad, la mutilación y la del maltrato cruel del llamado enemigo, la desconfianza y la resignación en los combates, mediante los cuales se trata de imponer nuestra voluntad al oponente y de hacerle deponer la suya.
La guerra es tragedia y un alud de emociones que el ser humano debe superar. Injusto o torpe sería no reconocer que el heroísmo puede a veces fulgurar entre los enfrentamientos bélicos, pero los relámpagos heroicos o gloriosos en la contienda no justifican el odio y destrucción que se genera.
Esta circunstancia así descripta, en nuestro país, se inició en forma incuestionable e innegable el 1 de mayo de 1982 y no en la fecha considerada.

El 2 de abril es, no obstante, un día muy particular, que señala por una parte la heroica y legítima recuperación de las islas, parte incuestionable de nuestro territorio y por la otra la iniciación de una etapa preparatoria previa de casi un mes, para que ambos bandos, que respondían a intereses diametralmente opuestos, iniciaran acciones de fuerza y violencia en aumento, en la escalada de sucesos que serían conocidos como Guerra de Malvinas.

La determinación del 2 de abril como fecha de iniciación de la guerra, facilitó la inclusión como veteranos, de personal y medios que de ninguna manera participaron activamente en ningún combate o acción que los hiciera posible durante el conflicto bélico.

Facilitó, por otra parte, la inserción de personal que solo visitó las islas, con periodistas e invitados especiales, durante el mes de abril, obteniendo por su fugaz visita y estadía, además de una fotografía de recuerdo acreditante, la incorporación como veterano o ex combatiente que esta lejos de corresponder. Pueden haber colaborado en la fase previa e inclusive de alguna forma, posiblemente anímica, como emocionalmente lo hizo la mayoría de la población de nuestro país, pero eso no basta para ser para ser considerado con justicia ex combatiente o veterano.

Lo afirmado, de ninguna manera trata de desmerecer la sobresaliente acción llevada a cabo por los hombres y comandos que materializaron la recuperación de nuestras Islas, que marcaron un hito histórico para nuestra patria y que no obstante los desafíos terrestres que debieron enfrentar, cumplimentaron el logro de su objetivo sin derramamiento de sangre británica, tal como les había sido impuesto. Todos ellos deben ser, con justicia, considerados veteranos de guerra, independientemente de la fecha en cuestión, por cuanto su tarea se cumplió con efectiva presencia enemiga.

Lo expuesto tan someramente, alcanza para comprender que los criterios que oportunamente se creyeron adecuados para determinar a quienes debía conferirse el honor de ser considerados veteranos de guerra o ex combatientes, tienen falencias que es menester solucionar.

Mientras por un lado se hace caso omiso al criterio operacional, subordinándolo al restringido concepto territorial, por otra parte se acepta una fecha como línea de partida del conflicto sin observar que entre las reales e incuestionables acciones bélicas de ese día, 2-Abr-82 y el 1° de mayo, fecha de iniciación real de la guerra, transcurrió un tiempo suficientemente prolongado como para que elementos que nada tuvieron que ver con las operaciones, hoy sean considerados veteranos de guerra, por el solo hecho de haber ingresado a un espacio geográfico.

¿Cómo es posible entonces, que por una definición tal vez no debidamente analizada, a “ese conjunto”, conformado por mandos, unidades y medios, que hicieron posible las operaciones aéreas ofensivas, de apoyo y de transporte durante el conflicto de Malvinas y sin los cuales hubieran sido insostenibles, se les niegue la condición de ex combatientes y veteranos de Guerra?

Brigadier General Ernesto Horacio Crespo
Ex Comandante de la Fuerza Aérea Sur

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